CRITERIOS Y FACULTADES PARA LA EXPEDICIÓN DE JUSTIFICANTE ESTUDIANTIL PLANTEL CETMAR No. 11

El justificante estudiantil es un documento de apoyo que otorga la institución, para que el alumno pueda cumplir con el porcentaje de asistencia establecido en el reglamento vigente del plantel en casos especiales. Para tal efecto, la expedición del mismo se sujeta a los siguientes criterios:

I. El justificante no evade la responsabilidad de cumplir con las tareas, trabajos o exámenes que por la(s) inasistencia(s) no pudieron entregar y/o realizar los estudiantes en las fechas establecidas. Es facultad de cada docente el manejo y procedimiento a seguir para la regularización de los mismos.
II. El alumno podrá solicitar un justificante siempre y cuando haya faltado por las siguientes razones:

  a. Enfermedad con o sin incapacidad. Avalado con una responsiva médica que especifique los días de incapacidad (receta de IMSS, ISSSTE, ISSSTECALI, SSA, Seguro Popular.). En caso de acudir a un servicio particular, presentar receta médica que especifique días de incapacidad y el recibo de la adquisición de los medicamentos (ambos en original). Es facultad del Jefe de Carrera o Tutor extender el justificante siempre y cuando no exceda de 3 días hábiles.

  b. Accidente o Incidente escolar. Es facultad de Enfermería expedir el justificante cuando el caso amerite que el estudiante se retire y la enfermera solo podrá justificar el día del incidente. En caso de requerir más incapacidad, la enfermera deberá indicar al padre de familia que debe llevar a su hijo(a) con un médico o su servicio médico facultativo.

  c. Embarazos y enfermedades mayores, que superen los 3 días y hasta 7 días hábiles de incapacidad. Avalado con los documentos necesarios de la institución médica que atienda al estudiante. Es facultad de Coordinación de Tutorías analizar el caso en conjunto con el padre/madre o tutor y extender el justificante correspondiente.

 d. Partos, cirugías y otros casos graves que superen los 7 días hábiles. Avalado con los documentos necesarios de la institución médica que atienda al estudiante. Es facultad de Subdirección Académica el análisis del caso en conjunto con el padre/madre o tutor y la expedición del justificante correspondiente.

 e. Cita de VISA o PASAPORTE. Avalado con documento que acredita la cita. Es facultad del Jefe de Carrera o Tutor y hasta máximo 3 días hábiles en el caso de que la familia deba de transportarse a otra ciudad diferente a Tijuana.

 f. Atletas de Alto Rendimiento. Talentos Artísticos de Baja California. Miembros de Sinfónica. Otros Talentos. Constancia del CAR o de la institución correspondiente que describa el evento y los días que se ausentarán. Es facultad del Jefe de Carrera o Tutor extender el justificante, siempre y cuando no exceda de 3 días hábiles. Es facultad de Coordinación de Tutorías extender el justificante, siempre y cuando no exceda de 7 días hábiles. En cualquier otro caso, es facultad de Subdirección Académica el análisis del caso y la expedición del justificante correspondiente.

 g. Fallecimiento o enfermedad grave de familiar directo. Carta del padre/madre o tutor con identificación oficial anexa. Debe presentarse el padre/madre o tutor a gestionar el justificante. Es facultad del Jefe de Carrera o Tutor extender el justificante, siempre y cuando no exceda de 3 días hábiles. Es facultad de Coordinación de Tutorías extender el justificante, siempre y cuando no exceda de 7 días hábiles. En cualquier otro caso, es facultad de Subdirección Académica el análisis del caso y la expedición del justificante correspondiente.

 h. Comisión Escolar. Asistir a alguna actividad escolar, deportiva, social o cultural fuera del plantel (local, estatal, regional, nacional o internacional); con autorización o bajo la responsabilidad del personal académico o administrativo del plantel. Es facultad de Subdirección Académica la expedición el justificante correspondiente.

 i. Casos anteriores sin documentos probatorios. Se autoriza justificar máximo dos faltas por parcial sin documentos probatorios. Carta del padre/madre o tutor con identificación oficial anexa donde se especifique la causa de la falta. Debe presentarse el padre/madre o tutor a gestionar el justificante. Es facultad del Jefe de Carrera o Tutor extender el justificante.

III. Es responsabilidad del docente recibir los justificantes expedidos por Jefes de Carrera o Tutor, Coordinación de Tutorías o Subdirección Académica, siempre y cuando cumplan con los criterios señalados en el apartado II de este documento.

IV. Es responsabilidad de quien expida un justificante, conservar la documentación probatoria para cualquier consulta que se requiera por parte de docentes o directivos.

V. Es responsabilidad de quien expida un justificante, llevar un registro para el control de los mismos.

VI. Al alumno se le negará la expedición del justificante por las siguientes razones:

 a. Por realizar actividades de índole personal que coincidan con su horario de clases.

 b. Por salirse de clases para realizar tareas trabajos o actividades de otras materias.

 c. Por cumplir actividades laborales que les impidan cumplir con su horario de clases.

 d. Por cumplir actividades familiares en las que no sea “urgente” la presencia del alumno, por ejemplo: cuidar a los hermanos, terminar los quehaceres de la casa, llevar a los hermanos a la escuela, irse de vacaciones, etc.

  e. Por llegar tarde a la escuela, fuera de los límites de tolerancia que maneja cada turno y horario escolar.

VII. Procedimientos para solicitud y uso del justificante:
1. El alumno tendrá como fecha límite para realizar la solicitud y presentación del justificante al o a los maestros, un periodo no mayor a tres días hábiles posteriores a la(s) falta(s). En caso de periodos de ausencia prolongada, los familiares deberán presentarse a solicitar el justificante oportunamente y presentarlo con los docentes respectivos.

2. Las personas autorizadas para la solicitud del justificante únicamente serán: el mismo alumno, los padres de familia o algún familiar debidamente identificado.

3. Los docentes deberán firmar de enterados y el alumno conservará el documento para alguna aclaración posterior en caso de ser necesario. Los docentes no tendrán que quedarse con ningún justificante, si eso sucede el alumno será el responsable de recuperarlo.

4. El alumno tendrá derecho a solicitar solamente 6 justificantes por semestre.

5. El alumno deberá cuidar su justificante hasta que lo haya presentado a sus maestros, en caso de extravío no habrá reposición por ningún motivo.

6. Durante los periodos de exámenes extraordinarios y cursos intersemestrales no se expiden justificantes.

7. Los asuntos y puntos no mencionados en el presente documento y que estén relacionados con la emisión y uso de justificantes, quedan a criterio de las autoridades educativas de la Escuela (Dirección o Subdirección).

ATENTAMENTE

Educación para la sustentabilidad